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Al pasar a la reserva sin destino la TIM dejará de tener validez como licencia de armas tipo “A”.
Por lo tanto, con carácter general, con la fecha de pase a Reserva como límite, deberá haber depositado las armas que tenga amparadas por dicha licencia tipo “A” en el correspondiente establecimiento logístico militar (AALOG-ULOG) o, excepcionalmente, Intervención de Armas de la Guardia Civil.
No obstante puede seguir conservando las armas en uso, en las siguientes condiciones:
- Armas de la categoría 1ª (pistolas y revólveres). Se podrán tener hasta unmáximo de tres, solicitando mediante instancia dirigida al Excmo. Sr. TenienteGeneral Jefe del Mando de Personal, a través de su Unidad (antes del pase a lareserva) o de sus centros de dependencia (Delegaciones de Defensa), lacorrespondiente tarjeta de autorización que habilita su TIM como Licencia de armas de categoría 1ª, adjuntando la siguiente documentación:
- Certificado médico, original, expedido por un Centro Médico homologado parala obtención de licencia de armas tipo “B”. El centro médico debe estar radicado en la provincia del domicilio del solicitante. No es necesario si la solicitud se realiza en la situación de activo antes del pase a la de reserva
- Fotocopia de la Tarjeta de Identidad Militar en la situación de reserva o resguardo de solicitud.
- Certificado de revista de armas. La fecha del certificado será la correspondiente al mes en el que solicita la habilitación de su TIM en la reserva como licencia de armas. Si se realiza la solicitud, una vez producido el pase a la situación de reserva o fuera de los plazos establecidos de habilitación de la TIM como licencia de armas, se deberá acompañar un Certificado de Depósito de las armas.
- Cuando se realiza por primera vez, documento acreditativo de tener regularizada la situación de las armas que no ampara esta licencia (licencia correspondiente o certificado de depósito).
- Resto de Armas. Estas armas no pueden legalizarse en la situación de reserva por el Ejército de Tierra. Deberá dirigirse a la Intervención de Armas de la Guardia Civil del lugar de su residencia para su legalización, que es el organismo que tiene la competencia para expedir las licencias (D, E, F, AE avancarga, autorización de coleccionista...) y guías de pertenencia. Se mantienen los mismos cupos de armas en todas las categorías igual que cuando se estaba en activo. Como norma general ninguna Intervención de Armas del Ejército de Tierra autorizará el depósito de estas armas si no es con la finalidad de subastar, inutilizar o reducir a chatarra.
Si se solicitan las licencias con antelación a su pase a reserva, no será necesario el Certificado médico para la expedición de dicha licencia por parte de la Intervención Central de Armas del Ejército de Tierra, y posiblemente tampoco por la Intervención de Armas de la Guardia Civil, si bien sí les hará falta para las sucesivas renovaciones.
Si se quiere evitar tener que depositar las armas, deberán solicitarse las respectivas licencias con antelación suficiente al pase a reserva, con la finalidad de que no se produzca un vacío entre dicha fecha y la de concesión de la licencia de armas. De aquellas que se soliciten correspondientes a las armas largas, se deberá informar a la Intervención de Armas.
La habilitación de la TIM como licencia de armas tiene una validez de 3 años desde su expedición. Dentro del mes en que se solicite o proceda la renovación deberápasar revista a las armas. La revista la podrá pasar en la Delegación o Subdelegación de Defensa en la que tramite la solicitud/renovación de la tarjeta de autorización. Por tanto se hace coincidir la renovación o la expedición de la habilitación de TIM como licencia de armas de categoría 1ª y la revista de las mismas.
Si las condiciones físicas o psíquicas del titular hacen que el uso de las armas represente un riesgo propio o ajeno, le será retirada la licencia de armas.
Si ocurriera una pérdida, destrucción, robo o sustracción de las armas, licencias o guías, hay obligación de dar cuenta a la Intervención de Armas de que se dependa y poner la correspondiente denuncia ante la Guardia Civil o Policía Nacional..
En caso de que quiera deshacerse de algún arma, puede:
- Enajenarla o transferirla a persona con la correspondiente licencia o comerciante autorizado.
- Depositarla para subasta en la correspondiente AALOG, ULOG o Intervención de Armas de la Guardia Civil.
- Inutilizarla reglamentariamente en la AALOG, ULOG o Intervención de Armas de la Guardia Civil o Banco Oficial de Pruebas.
- Destruirlas en la AALOG, ULOG o Intervención de Armas de la Guardia Civil.
- Depositarla durante un año a su disposición (solo en determinados casos justificados).
Cualquiera de estas opciones deberá hacerse a través de la Intervención de Armas que tenga guiadas éstas.
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