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El personal en situación de reserva, solo podrá solicitar pagas de anticipo a través del Órgano Central, remitiendo la instancia al Subsecretario de Defensa, puesto que recibe sus haberes a través de dicha Pagaduría Central.
No se concederán repetidas, hasta que no hayan transcurrido más de 6 meses desde la fecha en que se realizó el último reintegro anterior.
La prioridad de las causas será por una enfermedad, motivos familiares, gastos judiciales, compra o conservación de la vivienda, compra de mobiliario o vehículo etc.
No se concederá a las personas que alcancen la edad de retiro o jubilación forzosa en el periodo de devolución.
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