|
Para la celebración de las Bodas de Plata y de Oro, al conmemorarse los 25 y 40 años respectivamente de ingreso en un Centro militar de Enseñanza de Formación, podrá realizarse una ceremonia militar en dicho Centro organizada al efecto en un día no lectivo. Estas celebraciones son las únicas que cuentan con apoyo económico por parte del Ejército, declarándose además, para el personal en situación de reserva (con o sin destino), comisión de servicio indemnizable (con carácter general dos días de dieta entera y ½ manutención). La expedición del pasaporte se realizará en la UCO de la cual dependa administrativamente, pudiendo
autorizarse los siguientes:
• Personal adscrito a los Archipiélagos y a Melilla: transporte por vía aérea.
• Personal adscrito a las Islas Baleares, Ceuta y Melilla: transporte por vía marítima incluyendo el transporte del vehículo.
• Autorización de uso de vehículo particular, incluido el uso de autopista de peaje y garaje.• Gastos de desplazamiento e interiores en taxi, cuando no se haya solicitado uso de vehículo particular.
El personal que haya pasado a retiro recibirá un apoyo similar al proporcionado al resto de sus compañeros mediante liquidación de gastos, no siendo posible la expedición de pasaporte. El militar retirado deberá proporcionar las facturas justificantes de los gastos ocasionados en los conceptos de traslado, alojamiento y alimentación, junto con sus datos bancarios, con la finalidad de proceder a realizar las respectivas transferencias.
Otros aniversarios, 50 aniversario de ingreso, o 25, 40 o 50 aniversario de salida de un centro de formación se podrán celebrar, enmarcadas en la ceremonia anual de dicho Centro, pero sin que sean declarados comisión de servicio indemnizable ni disponer de ningún tipo de apoyo económico.
El acto institucional consistirá en la renovación del juramento o promesa ante la bandera.
|